Se ha abierto un procedimiento excepcional para el aplazamiento y fraccionamiento de deudas públicas no tributarias ni aduaneras derivadas de ayudas y préstamos, con dispensa de garantías para los ejercicios 2021 y 2022.
Este procedimiento excepcional afectará tanto a las deudas en periodo voluntario como a las que ya hubiesen sido aplazadas o fraccionadas. No afectará a las que estén en periodo ejecutivo de pago.
Una vez realizada la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de deudas públicas, se suspenderá automáticamente la gestión recaudatoria de las mismas.
El impreso de solicitud debe ir acompañado por los documentos siguientes:
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- Plan viabilidad del negocio
- Informe auditor inscrito en el ROAC cuando el importe de las deudas supere los 150.000 euros
- Memoria justificativa
- Certificado deudas tributarias y con la Seguridad Social