El 31 de octubre es la fecha de salida del Reino Unido de la Unión Europea. Aunque siguen las negociaciones contrarreloj, no está claro que al final los mandatarios británicos opten por un Brexit duro. Sus consecuencias preocupan, y con razón, a las empresas españolas.
Según un estudio de Goldman Sachs, un Brexit sin acuerdo provocaría un descenso del 1% en el PIB de España, puesto que es el país de la UE con mayor interrelación con Reino Unido.
Consecuencias del Brexit duro para las empresas españolas
El efecto dominó sería inevitable en un contexto adverso. Por un lado, se espera un importante retraimiento del comercio entre España y Reino Unido, que afectaría a nuestra economía. Por otro lado, este mismo retroceso se produciría entre Reino Unido y el resto de miembros de la UE, que sufrirían sus propias consecuencias. Esto, a su vez, afectaría al comercio exterior español con la zona euro.
Las exportaciones serían las más afectadas, puesto que Reino Unido es uno de los principales receptores de nuestras mercancías. Pero el efecto va mucho más allá, alcanzando a las importaciones, a la inversión y al turismo.
Una reducción drástica de turistas ingleses, que son nuestra mayor fuente de ingresos en este sector, junto al resto de consecuencias económicas podría suponer la pérdida de 70.000 empleos.
Los más de 700 acuerdos y tratados vigentes entre el Reino Unido y la Unión Europea quedarían sin vigor, por lo que el entramado económico y empresarial de los países implicados se vería seriamente dañado.
IVA, impuestos y aranceles después del Brexit duro
Desde el momento en el que Reino Unido deje de ser miembro de la UE, las operaciones comerciales con este país pasarán a tener el mismo tratamiento que las importaciones y exportaciones a terceros países. La aplicación de aranceles supondrá un encarecimiento de las mercancías y, con toda probabilidad, una reducción de la demanda.
En cifras, la aplicación de aranceles afectaría a mercancías como carne, frutas, textiles y automóviles, entre otros. En estos dos últimos productos, el arancel sería del 12% y el 10%, respectivamente, lo que da una idea del encarecimiento de precios.
Las importaciones de mercancías británicas a España tendrán que pagar IVA, puesto que ya no serán operaciones intracomunitarias. El ingreso del impuesto se hará en los plazos del arancel. Las empresas que deseen optar por el ingreso diferido en la declaración mensual deben estar inscritas en el REDEME (Régimen de Devolución Mensual del IVA).
Los dividendos entre ambos países tendrían una retención de 10% del importe bruto (el 15% en el caso de rentas procedentes de bienes inmuebles). Los productos sujetos a impuestos especiales, como las bebidas alcohólicas y el tabaco, tendrán el tratamiento fiscal para las operaciones de comercio internacional con terceros países.
Por lo que se refiere al Impuesto de Sociedades, la normativa comunitaria que favorece el funcionamiento de grupos internacionales quedaría sin efecto en empresas que formen parte del Reino Unido. Por tanto, se anularían las facilidades para distribución de beneficios, la directiva de intereses y cánones y la directiva para la reorganización empresarial transfronteriza de sociedades.
Todas estas cuestiones son las que están en juego en estos días. Las empresas deben estar preparadas para lo peor, un Brexit duro, pero también para una salida acordada. Conviene que las pymes españolas que hayan firmado acuerdos comerciales con empresas británicas revisen las cláusulas de sus contratos. Las próximas semanas son claves.