Las personas que perciben una prestación por jubilación derivada de aportaciones, realizadas antes del 1 de enero de 1999, a una mutualidad de previsión social pueden aplicarse nuevas reducciones de IRPF para mutualistas. Te explicamos este cambio de criterio de Hacienda.
Muchas personas jubiladas cotizaron a alguna mutua laboral hasta 1978, en especial, en sectores como la banca, el comercio, la construcción o el metal. A partir de 1979, las mutualidades se integraron en la Seguridad Social y las cotizaciones se empezaron a satisfacer a dicho organismo.
El asunto es que las personas que perciben prestaciones por jubilación que tienen su origen en los contratos de seguro concertadas con las mutuas laborales no podían aplicarse reducciones en la declaración de la renta y, de esta forma, pagar menos impuestos. La Agencia Tributaria consideraba hasta ahora que estas reducciones no eran compatibles con las jubilaciones percibidas de la Seguridad Social. Sin embargo, diversos pronunciamientos judiciales han forzado un cambio de criterio de la Agencia Tributaria en este sentido y ahora acepta reducciones de IRPF para mutualistas, siempre que las aportaciones se realizaran antes del 1 de enero de 1999.
Cómo solicitar las reducciones de IRPF para mutualistas
Este nuevo enfoque brinda la oportunidad de solicitar la rectificación de las declaraciones de IRPF de 2019, 2020, 2021 y 2022 (años que todavía no han prescrito) por parte de las personas afectadas.
El procedimiento consistiría en pedir que se computen las reducciones de IRPF para mutualistas que correspondan por las cotizaciones realizadas hasta 1978 y solicitar la devolución de las cuotas satisfechas en exceso. Para agilizar este trámite, la Agencia Tributaria ha publicado en su sede electrónica una página específica para mutualistas, a través de la cual se pueden consultar las dudas y gestionar las devoluciones.
La presentación de esta solicitud consiste en una rectificación de las autoliquidaciones del IRPF de los años no prescritos, por lo que Hacienda podría interrumpir el plazo de prescripción de las autoliquidaciones, lo que le proporcionaría hasta cuatro años adicionales para sus comprobaciones.
Recuerda que si solicitas la devolución a partir del mes de julio, no habrá posibilidad de rectificar la autoliquidación de IRPF de 2019, ya que habrá transcurrido el plazo de cuatro años desde el fin del plazo voluntario de presentación de la autoliquidación.