Declaración de la renta 2018

Como cada año empieza una nueva campaña de renta, y todo ciudadano debe pasar cuentas con hacienda, y aunque la administración ha desarrollado varias herramientas en su plataforma web todavía a día de hoy la campaña de renta sigue generando dudas y consultas.

Por este motivo hemos pensado en resumir las principales ideas y conceptos para el 2018.

1. Plazos Presentación y Pago

Presentación

Inicio solicitar número
de referencia
Inicio de la declaración
de la renta
Inicio para presentar
el borrador de la Renta
Inicio Cita Previa Inicio de la atención
presencial en oficinas
Plazo máximo para el Borrador
y declaración anual con resultado
a ingresar con domiciliación en cuenta
Fin de la declaración de la Renta
14 de marzo 2 de abril 2 de abril 6 de mayo 10 de mayo 26 de junio 1 de julio

Pago

Pago Único 100% Fecha presentación límite 2 de julio 2018
Domiciliación* 4 de abril a 27 de junio 2018. 2º plazo hasta 2 julio
Pago Único 100% 2 de julio 2018
Pago 2 plazos

 

60% 2 de julio 2018
40% 5 de noviembre 2018

Supuesto de fraccionamiento

Pueden solicitar aplazamiento por:

  • Fallecimiento del contribuyente
  • Cambio de residencia fuera de España
  • Cualquier contribuyente que determine la LGT  Suspensión pago IRPFLos matrimonios no separados legalmente que presenten la renta de forma individual podrán compensar el resultado a pagar de uno de sus miembros con la devolución del otro.

Suspensión Pago IRPF

Los matrimonios no separados legalmente que presenten la renta de forma individual podrán compensar el resultado a pagar de uno de sus miembros con la devolución del otro.

2.  Obligación de declarar

Rentas Límite Observaciones
Trabajo

 

22.000€ General.

Pensionistas cobren más pensiones de más de 2 pagadores y la retención la calcule hacienda.

12.000€ Más de un pagador siempre que lo pagado por el 2º pagador y el resto  superen 1.500€
Pensiones cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
Pagador no este obligado a retener
Rendimientos sujetos a un tipo fijo
Capital mobiliario

-intereses,

-dividendos

-Ganancias

1.600€ Siempre que se les haya aplicada retención.
Capital mobiliario 1.000€ No sujetos a retención de Letras del Tesoro
Inmobiliaria

 

1.000€ Subvenciones para la adquisición de viviendas protección oficial o precio tasado
Inmobiliaria 1.000€ Imputación de los inmuebles no alquilados
General 1.000€ Tributación individual o conjunta
Pérdidas patrimoniales 500€

3.  Rendimientos que tributan.

Rendimientos del trabajo.

Rendimientos del capital mobiliario. ( intereses, dividendos , letras del tesoro )

Rendimientos del capital inmobiliario. (alquileres de inmuebles, locales, parking)

Rendimientos actividades económicas , profesionales o artísticas.

Imputación y atribución de rentas (inmuebles, locales, y parking no alquiladas y que no supongan la vivienda habitual, o comunidades de bienes, de propietarios que obtengan rendimientos)

Ganancias y pérdidas patrimoniales ( venta de inmuebles, fondos de inversión , acciones, etc…

4.  Reducciones a la base imponible

Tributación conjunta. 3.400€ anuales

Planes de pensiones.

Límite individual aportaciones 8.000€ año
Seguros colectivos dependencia empresas 13.000e año
Aportaciones a favor del cónyuge 2.500€ año
Aportación personas con discapacidad 24.250€ año

Pensiones compensatorias Anualidades por alimentos

Pensiones compensatorias y anualidades a favor de terceros, el pagador reduce la base imponible, el perceptor rendimiento del trabajo.

Anualidades a favor de hijos tributan separadamente siempre y cuando no tenga derecho aplicar el mínimo por descendientes.

Aportaciones profesionales de alto nivel

 Límite 24.250 euros anuales

5.  Mínimo personal y familiar, del contribuyente, descendientes, ascendientes y discapacidad

Mínimo contribuyente general 5.550 €
Incremento > 65 años 1.150 €
Incremento> 75 años , 1.400€
Mínimo descendiente
– primero 2.400€
– segundo 2.700€
– tercero 4.000€
– cuarto y siguientes 4.500€
< 3 años incremento 2.800€
Mínimo por ascendientes
> 65 años o con discapacidad 1.150 €
> 75 años 1.400€
Mínimo por discapacidad
> 33% al 65% 3.000€
> 65% 9.000€
Por gastos de asistencia 3.000€

6.  Deducciones.

Deducción por inversión en vivienda habitual.(DIVH)

Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación.(DIEN)

Deducción incentivos inversión empresarial estimación directa/objetiva.(DIEDyO)

Deducción por donativos y otras aportaciones.(DDO)

Deducción por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla.(DCM)

Deducción protección Patrimonio Histórico Español.(DPHE)

Deducción por alquiler de la vivienda habitual.(DAVH)

Deducción Base Tipo
DIVH 9.040€ 15%
DIVH Adaptación discapacidad 12.080€ 10%
DIEN 50.000€ 20%
DDO 150€ 75%
Resto 30%
Reiteración 35%
DCM Cuota integra 50%
DPHE 15%

7.  Deducción por maternidad y familia numerosa.

Deducción por maternidad 1.200€
Deducción familia numerosa
Categoría general 1.200€
Categoría Especial 2.400€