Retenciones e Ingresos a cuenta del IRPF en el ejercicio 2026

Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF — Ejercicio 2026

Clase de renta Procedencia Tipo 2026 Mod. / Clave
Trabajo Relaciones laborales y estatutarias en general Variable (algoritmo general) 190 / A
Pensiones y haberes pasivos del sistema público (S. Social y Clases Pasivas) (*) Variable 190 / B.01
Pensionistas con dos o más pagadores: procedimiento especial art. 89.A RIRPF Variable 190 / B.02
Prestaciones de mutualidades generales obligatorias de funcionarios, colegios de huérfanos y similares (*) Variable 190 / B.03
Pensiones de sistemas privados de previsión social (*) Variable 190 / B.04
Prestaciones y subsidios por desempleo (*) Variable 190 / C.01–C.09
Consejeros y administradores — entidades con INCN > 100.000 € (art. 101.2 LIRPF) (*) 35% 190 / E.01, E.04
Consejeros y administradores — entidades con INCN < 100.000 € (art. 101.2 LIRPF) (*) 19% 190 / E.02, E.03
Premios literarios, artísticos o científicos no exentos — calificados como rendimientos del trabajo (*) 15% 190 / F.01
Cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares — art. 80.1.4º RIRPF (*) 15% 190 / F.02
Actividades profesionales Con carácter general (art. 101.5.a) LIRPF) (*) 15% 190 / G.01
Recaudadores municipales, mediadores de seguros con auxiliares externos, delegados SELAE (*) 7% 190 / G.02
Epígrafes 851–869 IAE sec. 2ª; agrup. 01–05 sec. 3ª; artistas escénicos/audiovisuales — si rendimientos < 15.000 € y > 75% de RI totales (*) 7% 190 / G.04
Profesionales de nuevo inicio (año de inicio y los dos siguientes) — art. 95.1 RIRPF (*) 7% 190 / G.03
Elaboración de obras literarias, artísticas o científicas con cesión de explotación — con carácter general (*) 15% 190 / F.03
Elaboración de obras literarias, artísticas o científicas — rendimientos ej. anterior < 15.000 € y > 75% de RI totales (*) 7% 190 / F.04
Atrasos (art. 101.1 LIRPF) (*) 15% 190
Cesión del derecho a la explotación de imagen cuando se califique como rendimiento de actividad profesional 24% 190 / G.08
Régimen especial trabajadores desplazados (art. 93.2.f LIRPF) Hasta 600.000 € 24% 296 / 20.07
Desde 600.000,01 € en adelante (retribuciones del mismo pagador) 47% 296 / 20.07
Otras actividades económicas Actividades agrícolas y ganaderas en general — art. 95.4 RIRPF 2% 190 / H.01
Actividades de engorde de porcino y avicultura — art. 95.4 RIRPF 1% 190 / H.02
Actividades forestales — art. 95.5 RIRPF 2% 190 / H.03
Determinadas actividades empresariales en Estimación Objetiva — art. 95.6 RIRPF 1% 190 / H.04
Ganancias patrimoniales Premios de juegos, concursos, rifas… sujetos a retención — art. 101.7 LIRPF 19% 190 / K.01, K.03
Premios de juegos, concursos, rifas… NO sujetos a retención — art. 101.7 LIRPF 0% 190 / K.04, K.05
Aprovechamientos forestales en montes públicos — art. 99.2 RIRPF 19% 190 / K.02
Otras ganancias patrimoniales Transmisión de derechos de suscripción — art. 101.6 LIRPF (desde 1.1.2017) 19% 187 / M, N, O
Transmisión de acciones y participaciones en IIC (Fondos de Inversión) — art. 101.6 LIRPF 19% 187 / C, E
Capital mobiliario Participación en fondos propios de entidades — dividendos (art. 25.1 LIRPF) (*) 19% 193 / A
Cesión a terceros de capitales propios — cuentas corrientes, depósitos financieros, etc. (art. 25.2 LIRPF) (*) 19% 193/194/196
Operaciones de capitalización, seguros de vida o invalidez e imposición de capitales (*) 19% 188
Propiedad industrial, prestación de asistencia técnica — art. 101.9 LIRPF 19% 193 / C
Arrendamiento y subarrendamiento de bienes muebles, negocios o minas — art. 101.9 LIRPF 19% 193 / C
Propiedad intelectual — perceptor no es el autor (art. 101.4 LIRPF) (*) 15% 193 / C
Anticipos a cuenta por cesión de derechos de autor a devengar en varios años — art. 101.9 LIRPF 7% 193 / C
Cesión del derecho de explotación de imagen — fuera del desarrollo de actividad económica (art. 101.10 LIRPF) 24% 193 / C
Propiedad intelectual (independiente de la fuente de renta) Con carácter general — art. 101.9 LIRPF 15% 190 / F.05, G.05, I.02
Cuando resulte de aplicación el tipo del 7% — art. 101.3 o 101.5 LIRPF 7% 190 / F.06, G.06
Anticipos a cuenta de cesión de derechos de autor a devengar en varios años 7% 190 / F.07, G.07
Imputación rentas por cesión derechos imagen Imputación de rentas por cesión de derechos de imagen — art. 92.8 LIRPF y art. 107 RIRPF 19% 190 / J
Capital inmobiliario Arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos — art. 101.8 LIRPF; art. 100 RIRPF (*) 19% 180

(*) Estos porcentajes se reducen un 60% cuando los rendimientos obtenidos por el perceptor tengan derecho a la deducción en  la cuota por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla (art. 68.4 y art. 101 LIRPF).