El modelo 232 recoge la “Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales” del ejercicio 2019.
Las operaciones vinculadas realizadas que se ven afectadas por el modelo 232 son las siguientes:
– Aquellas realizadas con una misma entidad y que, en conjunto, superen los 250.000 euros.
– Las ventas de inmuebles y participaciones con un importe en conjunto superior a 100.000 euros.
– Operaciones del mismo tipo y método de valoración, sea cual sea su importe, si en conjunto superan el 50% de la cifra de negocio.
Las operaciones con paraísos fiscales deben ser detalladas. Se debe incluir el detalle de cesiones intangibles a entidades vinculadas que tengan 60% de reducción I.S.
Las empresas cuyo ejercicio social no coincida con el año natural presentarán el modelo 232 en el mes siguiente a los diez meses posteriores al cierre del ejercicio.