Cuando una empresa desarrolla su actividad en el extranjero, es habitual que surjan gastos asociados a viajes de trabajo, ferias internacionales o estancias de sus empleados en otros países de la Unión Europea. Lo que muchos desconocen es que gran parte del IVA soportado en estos gastos puede recuperarse, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos y se tramite dentro del plazo legal.
En este artículo te explicamos de manera práctica cómo funciona la devolución del IVA intracomunitario, qué pasos seguir y qué fecha límite debes tener muy presente: el 30 de septiembre de 2025.
¿Qué es el IVA soportado en la UE?
El IVA soportado en la UE hace referencia al impuesto pagado en otro país comunitario por la adquisición de bienes o servicios necesarios para el desarrollo de la actividad empresarial. Estos son algunos de los gastos habituales:
- Estancias en hoteles durante viajes de negocio.
- Alquiler de vehículos en otro país de la UE.
- Alquiler de salas de reuniones.
- Entradas a ferias y congresos internacionales.
- Compras de productos que no se transportaron a España.
Es importante subrayar que este IVA no puede deducirse en las declaraciones periódicas nacionales de IVA (modelo 303). La única vía para recuperar estas cantidades es la presentación del modelo 360.
El modelo 360: la herramienta clave para recuperar el IVA soportado en la UE
El modelo 360 es la declaración informativa que permite solicitar la devolución del IVA soportado en otro Estado miembro de la UE. Se presenta de forma telemática ante la Agencia Tributaria española, la cual se encarga de remitir la solicitud al país correspondiente para que gestione la devolución.
Requisitos principales para la devolución del IVA
- El IVA debe haberse soportado en el ejercicio de actividades empresariales o profesionales.
- Los gastos deben ser deducibles según la normativa española.
- En caso de que la empresa tribute en régimen de prorrata, solo podrá recuperar el porcentaje de IVA deducible en función de dicha prorrata, reflejándolo en la declaración.
Cómo y cuándo presentar la solicitud
La devolución del IVA soportado se solicita mediante el modelo 360, y debe hacerse por cada país de la UE en el que se haya soportado el impuesto. Además, se permite agrupar los gastos por períodos trimestrales o anuales.
Procedimiento de presentación:
- Acceso telemático al modelo 360 en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
- Indicación del país en el que se soportó el IVA y del período correspondiente.
- Detalle de las facturas que originaron el gasto, con sus importes y justificación documental.
- Envío de la solicitud a Hacienda española, que trasladará el expediente a la administración del país de origen del impuesto.
Plazo de presentación
El plazo para solicitar la devolución del IVA soportado en 2024 se extiende hasta el 30 de septiembre de 2025. Transcurrida esta fecha, la empresa perderá el derecho a reclamar las cantidades, con el consiguiente perjuicio económico.
Errores frecuentes que conviene evitar
En nuestra experiencia asesorando a todo tipo autónomos y empresas, hemos detectado ciertos errores comunes en este tipo de trámites:
- No conservar las facturas originales que justifican el gasto.
- Confundir los gastos personales con los empresariales, lo que provoca rechazos en la devolución.
- No tener en cuenta la prorrata de IVA aplicable a la empresa.
- Presentar fuera de plazo, lo que implica perder el derecho a la devolución.
Una correcta planificación y asesoramiento especializado permiten evitar estos fallos y garantizar que la empresa recupere lo que le corresponde.
Una oportunidad para mejorar la liquidez de tu empresa
Recuperar el IVA soportado en otros países de la UE no solo es un derecho, sino también una forma de mejorar la tesorería de la empresa. En un contexto económico en el que cada recurso cuenta, dejar pasar este plazo puede suponer una pérdida innecesaria de dinero.
Al presentar correctamente el modelo 360, las empresas pueden optimizar su carga fiscal y disponer de un flujo de caja adicional para afrontar inversiones, gastos corrientes o nuevos proyectos.
Guía práctica y normativa
La Agencia Tributaria ha habilitado una guía específica para ayudar a los contribuyentes en la presentación del modelo 360. En este documento encontrarás instrucciones detalladas, normativa vinculada y los requisitos que debe cumplir cada solicitud.
En SP Auditoría llevamos años ayudando a autónomos y PYMES a gestionar este proceso de forma ágil, segura y sin complicaciones. Nuestro equipo de expertos se encarga de revisar la documentación, preparar el modelo 360 y garantizar que la solicitud cumpla con todos los requisitos legales.
Contacta con nosotros hoy mismo y asegúrate de recuperar el IVA soportado en la UE antes de que finalice el plazo.