La flexibilización del pago de impuestos para el primer trimestre de 2021 incluye el aplazamiento de autoliquidaciones con las condiciones que explicamos a continuación.
Los aplazamientos de autoliquidaciones del primer trimestre se amplían de tres a cuatro meses entre el 1 de abril y el 30 de abril de 2021. Se establece un límite de facturación en el ejercicio 2020 de 6.010.121,04 euros.
Otra de las novedades es que se permitirá aplazar de forma automática y sin garantía. Además, será posible aplazar las retenciones e ingresos a cuenta, a los pagos fraccionados del Impuesto Sociedades e IVA. El importe máximo de la deuda aplazable es de 30.000 euros.
Debe tenerse en cuenta el total de deudas ya aplazadas, ya que el total será la diferencia de lo previamente aplazado hasta alcanzar dicho importe.
Finalmente, se amplía el plazo de aplazamiento, sin devengo de intereses, de cuatro a seis meses. Estarán exentos de intereses los cuatro primeros meses.