La devolución del IRPF pendiente no debería demorarse más de seis meses desde el fin de plazo de presentación de la Declaración de la Renta. Se puede consultar el estado de la devolución accediendo al servicio «Verifica» para resolver incidencias.
La Agencia Tributaria dispone de un plazo de seis meses para ordenar la devolución del IRPF. Si todavía nos has recibido el importe de la devolución del ejercicio 2020, puedes comprobar si se ha producido alguna incidencia. No obstante, recuerda que los plazos de devolución se contabilizan de la forma siguiente:
1. Los seis meses empiezan a contar desde el fin del plazo de presentación del IRPF. El plazo de presentación del ejercicio 2020 finalizó el 30 de junio de 2021.
2. Si la declaración se presenta fuera de plazo, los seis meses empiezan a contar desde la fecha de la presentación.
Si Hacienda no emite la orden de pago dentro de los seis meses indicados, tendrás derecho a cobrar intereses de demora. Los intereses de demora de la devolución del IRPF se calculan de acuerdo con el tiempo transcurrido desde que vence el plazo de seis meses hasta la fecha en la que se ordena el pago.
Los intereses de demora de la devolución del IRPF se liquidan automáticamente, por lo que no es necesario solicitar su pago ni realizar ningún otro trámite.
Si quieres agilizar la devolución, puedes acceder al servicio «Verifica» (sistema para la autocorrección de declaraciones). Allí podrás comprobar su la declaración tiene alguna incidencia. En algunos casos, si todo está correcto el pago de la devolución del IRPF se produce forma inmediata.