Las empresas que realizan actividades sujetas a deducción en el IVA y otras actividades que no lo están, deben aplicar la prorrata del IVA en 2022. Te explicamos cómo evitar anticipar dinero a Hacienda.
La regla de la prorrata de IVA supone que un sujeto pasivo desarrolla tanto actividades empresariales o profesionales que originan el derecho a la deducción en el IVA como otras que no. Este sería, por ejemplo, el caso de una empresa de alquiler de inmuebles, ya que el alquiler de viviendas está gravado con el IVA y el de locales, no.
La aplicación provisional de la prorrata del IVA en 2022 tendría que seguir las pautas que indicamos a continuación.
Aplicación provisional de la prorrata de 2021
Si la empresa aplica la regla de prorrata de forma habitual, hasta finales de año no podrá conocer cuál es su porcentaje definitivo. Por este motivo, en las declaraciones de IVA de 2022 debe aplicar provisionalmente el porcentaje de 2021.
En este caso, cuando se presente la última declaración de 2022 (en enero de 2023) y ya se conozca la prorrata definitiva, habrá que regularizar las diferencias.
Aplicación provisional de la prorrata prevista para 2022
Las empresas que prevean que la prorrata de IVA de 2022 será más elevada que la de 2021, durante el mes de enero de este año pueden solicitar la aplicación provisional de la prorrata prevista. Para disfrutar de esta posibilidad es preciso justificar la previsión de 2022.
Esta opción puede ser ventajosa si las previsiones hacen pensar que el porcentaje de 2022 será muy superior al de 2021, ya que se evitaría anticipar dinero a Hacienda.
Aunque teóricamente esta solicitud debe hacerse en enero, es posible presentarla más tarde. La condición es que las circunstancias que motivan el cambio de prorrata se produzcan posterioridad. La prorrata prevista para 2022 se puede solicitar hasta el último día del mes siguiente a aquel en el que se produzcan dichas circunstancias.
Este sería el caso de una empresa dedicada al alquiler que en 2021 hubiera tenido, por ejemplo, una prorrata del 40 %, pero prevé un aumento hasta el 70 % de los ingresos con IVA en 2022. Ante esta situación, en enero puede solicitar que se aplique una prorrata provisional del 70 % para todo el año 2022.
En la sede electrónica de la Agencia Tributaria se puede tramitar online el reconocimiento de un porcentaje provisional de prorrata y solicitar el cambio.