Hacienda está obligada a pagar intereses de demora si se retrasa en el abono de la declaración de IRPF 2021 a devolver. Te explicamos cómo calcularlos.
Son muchos los contribuyentes con resultado de la declaración de IRPF 2021 a devolver. En estos casos, la Agencia Tributaria dispone de un plazo de seis meses para emitir la orden de pago. Si el abono se retrasa, el contribuyente tiene derecho a cobrar intereses de demora.
Intereses de demora en el IRPF 2021 a devolver
El plazo de seis meses que tiene Hacienda para emitir la orden de pago empieza a contar a partir del último día del periodo de presentación de la declaración de IRPF 2021, es decir, desde el 30 de junio de 2022. En caso de presentar la declaración con posterioridad al 30 de junio, los seis meses empezarán a contar desde la fecha de presentación.
Los intereses de demora se calculan contabilizando los días que transcurren entre la fecha de vencimiento de los seis meses y la fecha en la que Hacienda ordena el pago de la devolución. La liquidación de intereses de demora es automática, de modo que los contribuyentes no necesitan efectuar ningún trámite adicional para solicitarlos.
Conviene recordar que los ingresos por intereses de demora no tributan, por lo que no hay que declararlos en el IRPF.
Si deseas comprobar el estado de la declaración de IRPF 2021 a devolver, puedes acceder a tu expediente seleccionando la opción Servicio tramitación de borrador/declaración que encontrarás en Renta WEB. El acceso se realiza mediante DNI electrónico, Cl@ve PIN o referencia del borrador.