Entre el 1 y el 22 de octubre su empresa debe realizar el segundo pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2018. Por ello, tenga en cuenta lo siguiente:
• Si desea domiciliar el pago, el plazo de presentación finaliza el día 15 de octubre.
• Asimismo, si calcula sus pagos fraccionados según el «método de cuota», es posible que el importe a pagar en octubre no coincida con la cuantía ingresada en abril. Ello es debido a que los pagos fraccionados se cuantifican multiplicando por el 18% la cuota a ingresar del último ejercicio cuyo período de liquidación haya finalizado. Apunte. Así pues, en el pago a cuenta de octubre y en el de diciembre deberá tomar como referencia la cuota a ingresar del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2017 (mientras que en el pago a cuenta del pasado mes de abril tomó como referencia la cuota a ingresar del Impuesto sobre Sociedades de 2016).
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