La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 ha sido recientemente publicada. Resumimos las medidas tributarias más relevantes que se aplicarán este año.
Las cuentas públicas fueron ratificadas en el Senado y publicadas en el BOE del pasado 23 de diciembre de 2022. Entre las principales medidas fiscales, destaca la rebaja de la tributación en el Impuesto sobre Sociedades para las pymes que facturen menos de un millón de euros.
Estos son los principales cambios que entraron en vigor el 1 de enero de 2023.
Novedades tributarias en el IRPF
La tributación en el IRPF es una de la que más modificaciones ha experimentado con la nueva Ley de Presupuestos Generales del Estado. Las medidas más relevantes son las siguientes:
Reducción por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas
El importe de la reducción que se aplica a los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas en estimación directa aumenta hasta 6.498 euros anuales. La cuantía por debajo de la cual se aplican dichas reducciones pasa a ser de 19.747,50 euros, solo para contribuyentes que no tengan otras rentas distintas a las del trabajo o de actividades económicas superiores a 6.500 euros. No se tendrán en cuenta las rentas exentas.
Obligación de declarar
A partir de este año estarán obligadas a declarar las personas que perciban más de 15.000 euros en concepto de rendimientos del trabajo. El límite de 22.000 euros que se aplica cuando se perciben retribuciones de varios pagadores no varía. En este caso, la cuantía del segundo y restantes pagadores no debe alcanzar los 1.500 euros.
Tipo de retención
Las nuevas reducciones sobre los rendimientos del trabajo pueden influir en el tipo de retención que se aplicará a partir de febrero de 2023, fecha en que deben efectuarse las regularizaciones oportunas. Los Presupuestos Generales del Estado contemplan que en enero se utilice el tipo de retención correspondiente a la normativa vigente hasta el 31 de diciembre de 2022.
Provisiones deducibles y gastos de difícil justificación
Los empresarios individuales que tributen por el método de estimación directa simplificada podrán aplicar el 7% de deducción para las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación, dos puntos por encima de lo estipulado hasta la fecha.
Tributación por módulos
Los Presupuestos Generales del Estado prorrogan en 2023 los límites del régimen de estimación objetiva del IRPF que se han estado aplicando en ejercicios anteriores.
Rentas inmobiliarias
Los inmuebles ubicados en municipios donde los valores catastrales hayan sido revisados, modificados o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva general tendrán un porcentaje de imputación del 1,1%. Para que se pueda aplicar, los valores catastrales deben haber entrado en vigor a partir del 1 de enero de 2012.
Gravamen del ahorro
Los tipos de gravamen del ahorro aumentan hasta el 27% para las rentas que superen los 200.000 euros y en un 28% para las que superan los 300.000 euros. Este porcentaje se aplicará a las cantidades que excedan los mencionados límites.
Cambios en el Impuesto sobre Sociedades
Las modificaciones que contemplan los Presupuestos Generales del Estado para el Impuesto sobre Sociedades son las siguientes:
Nuevo tipo de gravamen
Las entidades que hayan generado una cifra de negocios con un importe neto inferior a un millón de euros deben aplicar el nuevo tipo de gravamen reducido del 23%.
Amortización acelerada de vehículos
Las inversiones en vehículos energéticamente eficientes utilizados para actividades económicas y que entren en funcionamiento entre 2023 y 2025 podrán amortizarse de manera acelerada. Para calcular el coeficiente aplicable en estos casos se multiplicará por 2 el coeficiente de amortización lineal máximo previsto en las tablas oficiales.
Medidas aplicables al IVA
Las empresas con clientes morosos y créditos incobrables podrán sustituir la reclamación judicial o el requerimiento notarial previo por cualquier otro medio que acredite la reclamación del cobro al deudor. En el caso de que el cliente moroso sea un consumidor final, el importe mínimo para poder rectificar la base imponible será de 50 euros (IVA excluido), frente a los 300 euros anteriores.
Por otra parte, se ha ampliado el plazo para rectificar las facturas y realizar los trámites de recuperación del IVA. Hasta ahora, las empresas disponían de tres meses. A partir de 2023, el plazo se amplía hasta los seis meses.
Los límites para aplicar el régimen simplificado del IVA y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (REAGP) no sufren modificaciones.
Otras medidas tributarias
Las novedades de los PGE 2023 también afectan al cálculo del IPREM y a los intereses legales y de demora.
El indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) se incrementa hasta 7.200 euros anuales y hasta 8.400 euros para aquellos casos en los que la referencia al salario mínimo interprofesional (SMI) ha sido sustituida por la referencia al IPREM.
En cuanto al interés legal y de demora, estos aumentan hasta el 3,25% y el 4,0625%, respectivamente.
Puedes conocer todos los detalles de la Ley 31/2022, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, consultando el texto completo en el BOE.