El DOGC ha publicado hoy, 22 de octubre, el Decreto Ley 34/2020, que establece las normas de novación del alquiler en Cataluña. Estas normas son aplicables a contratos de arrendamiento de locales afectados por las medidas de suspensión o restricción a consecuencia de la COVID-19.
Las novedades incluidas en el Diario Oficial son las siguientes:
El arrendatario podrá negociar con el arrendador la modificación de las condiciones del contrato, es decir, el precio. Si no se llega a un acuerdo por ambas partes en el plazo de un mes, se aplicarán las siguientes medidas:
A. En el caso de suspensión de la actividad comercial, se reducirá la renta en un 50%.
B. En el caso de restricciones de la actividad, se reducirá la renta en una proporción igual a la mitad de la pérdida del aprovechamiento del local.
Además, el arrendatario podrá desistir del contrato sin penalización siempre que la suspensión de la actividad se prolongue más de 3 meses durante 1 año.
Finalmente, conviene recordar que el arrendatario podrá solicitar la aplicación de las medidas mencionadas con independencia de la existencia de acuerdos anteriores.