La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018 (publicada en el BOE de 4 de julio) establece importantes novedades tributarias que conviene conocer.
La mayoría de cambios son relativos al Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto de Sociedades, patrimonio e IVA. A continuación, resumimos las principales novedades introducidas.
Novedades fiscales en el IRPF
Rendimientos del trabajo
Se incrementa la reducción por rendimientos del trabajo para moderar la carga impositiva de los trabajadores con menores rentas. Las nuevas medidas contemplan un aumento del umbral de renta para aplicar la reducción, que alcanzará a los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 16.825 euros, así como un incremento de la propia reducción. En el caso de Ceuta y Melilla se incrementa la deducción aplicable y se modifica el sistema de pagos a cuenta.
Inversión en entidades de nueva creación
Se aumenta el porcentaje de deducción hasta el 30% y la base de la deducción.
Maternidad, familia numerosa y discapacidad
La deducción por maternidad se incrementa hasta 1.000 euros por gastos de custodia para hijos menores de tres años en guarderías o centros educativos autorizados.
En el caso de deducciones por personas con discapacidad a cargo, también se incluye al cónyuge no separado legalmente si depende económicamente del contribuyente.
Asimismo, se incrementa la cuantía para las deducciones por familia numerosa.
Las unidades familiares que no puedan presentar declaración conjunta por residir uno de los miembros en un estado miembro de la Unión Europea se benefician de una deducción sobre la cuota.
Loterías y apuestas
El importe exento se eleva a 40.000 euros en 2020, con una reducción progresiva que se aplicará en 2018 y 2019. A excepción de las apuestas mutuas deportivas y benéficas del Estado y las combinaciones aleatorias, en el resto de juegos la base queda constituida por los ingresos netos de los premios.
Novedades del Impuesto sobre el Patrimonio
Se prorroga durante el año 2018 la exigencia de su gravamen, con una bonificación general de la cuota íntegra.
Novedades en Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Se actualiza la escala que grava la transmisión y rehabilitación de grandezas y títulos nobiliarios al 1 por ciento. Por su parte, los tipos en Ceuta y Melilla tienen una bonificación del 50 por ciento.
El texto completo se puede consultar en la Agencia Tributaria y en la correspondiente publicación del BOE.