La movilidad sostenible es una de las prioridades de la agenda europea. Recientemente, se han publicado en el BOE las nuevas deducciones en el IRPF para vehículos eléctricos.
La nueva norma, publicada en el BOE número 154 de 28 de junio de 2023, introduce dos nuevas deducciones en el IRPF para fomentar la adquisición de vehículos eléctricos, híbridos enchufables y similares. A continuación, resumimos su contenido.
Deducción por compra de vehículos eléctricos nuevos
Se ha establecido una deducción del 15% del valor de adquisición del vehículo, una vez descontadas las subvenciones aplicables. La base máxima de deducción es de 20.000 euros, por lo que las deducciones en el IRPF para vehículos eléctricos puede alcanzar los 3.000 euros.
El principal requisito que se debe cumplir para beneficiarse de esta deducción es adquirir el vehículo entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024. También existe la posibilidad de comprar el coche con posterioridad, siempre y cuando se efectúen pagos a cuenta del 25% del importe del vehículo antes de finalizar 2024.
Deducción por instalación de sistemas de recarga de baterías
La instalación de baterías también cuenta con una deducción en el IRPF. Al igual que en el caso de la compra de vehículos eléctricos, la instalación de sistemas de recarga debe ejecutarse entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024. La base máxima anual de esta deducción es de 4.000 euros, por lo que la deducción máxima anual aplicable es de 600 euros.
Recuerda que estas deducciones son solo para usuarios particulares. Ni los vehículos ni las instalaciones de recarga de baterías pueden estar afectos a una actividad económica.
Puedes consultar en el BOE todos los detalles de esta nueva norma, recogida en el artículo 189 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio.