El nuevo sistema de cotización para autónomos se basará en los ingresos reales y entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2023.
Después de meses de negociaciones, la reforma del sistema de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) ha visto la luz. La principal novedad, en esencia, es que las cuotas de la Seguridad Social serán directamente proporcionales a los ingresos netos.
Claves del sistema de cotización para autónomos
El nuevo modelo de cotización, que también afectará a los autónomos societarios, se implantará progresivamente entre 2023 y 2025. El sistema establece 15 tramos de cotización diferentes. Los trabajadores por cuenta propia tendrán que realizar una previsión de ingresos anuales para comunicar a la Seguridad Social el tramo que les corresponde.
Los autónomos con ingresos bajos verán reducida su cuota respecto a la base mínima actual y en los tramos más altos, se incrementará. Las cotizaciones se irán ajustando en los próximos dos años.
Tarifa plana para nuevos autónomos
La tarifa plana para autónomos pasará a ser de 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad. En el segundo año, la cuota será la misma si los ingresos netos no superan el salario mínimo.
Cálculo de los ingresos reales
Los rendimientos netos o ingresos reales se calcularán deduciendo los gastos relacionados con el ejercicio de la actividad. Además, se aplicará una deducción del 7% en concepto de gastos genéricos (3% para los autónomos societarios). El resultado serán los rendimientos netos que determinarán la base de cotización.
Cambios de tramo según ingresos
Los trabajadores por cuenta propia podrán cambiar su base de cotización cada dos meses para ajustarla a su previsión anual de ingresos.
La comunicación de la previsión de rendimientos netos se efectuará a través del portal ImportaSS. El trabajador introducirá sus ingresos (deducidos los gastos) y la Seguridad Social le informará de la cuota que le corresponde.
Desgravación del plan de pensiones
A partir de la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización para autónomos, estos podrán desgravarse en el IRPF un 10% de las aportaciones al plan de pensiones.
Eliminación del tope de cotizaciones para mayores de 47 años
El tope de cotizaciones para autónomos mayores de 47 años desaparece. Con el nuevo sistema, solo se tendrán en cuenta serán los ingresos netos para aplicar el tramo de cotización.
Protección por cese de actividad o interrupción parcial
La prestación por cese de actividad será del 50% de la base reguladora siempre que se cumplen determinadas condiciones. La novedad es que será compatible con otra actividad, por lo que no hará falta cerrar la empresa ni darse de baja en el RETA.
Regularización anual de las bases
El tramo de cotización elegido por el autónomo se revisará al final de cada año fiscal, una vez conocidos los rendimientos netos. Si las cuotas abonadas superan lo que corresponde por ingresos reales, la Seguridad Social devolverá la cantidad pagada de más. En caso contrario, habrá que ingresar la diferencia.
Nuevas tablas de cotización
La adaptación al nuevo sistema de cotización será progresivo. En enero de 2023 la cuota mínima será de 230 euros y la máxima, de 500 euros. En 2024, las cotizaciones oscilarán entre 225 y 530 euros. En 2025, las cuotas quedarán entre 200 y 590 euros.
El periodo transitorio total será de nueve años. Cada tres, se verificará el sistema para comprobar si funciona según lo previsto.
Los detalles del nuevo sistema de cotización y las tablas con las cuotas previstas hasta 2025 se pueden consultar en el BOE.