El Real Decreto-Ley 20/2022 estableció temporalmente una rebaja del tipo impositivo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a determinadas entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de alimentos, así como a efectos del recargo de equivalencia. La medida establecía una reducción del 4 al 0 por ciento en el tipo impositivo para los productos básicos de alimentación, como son pan, harina, queso, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales y del 10 al 5 por ciento para los aceites y pastas alimenticias. Esta reducción estaba sujeta a la evolución de la tasa interanual de la inflación subyacente, y su vigencia temporal era desde el 1 de enero de 2023 hasta el 30 de junio de 2023.
Según la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo, que fue del 7,5 por ciento, superior al 5,5 por ciento de referencia, se ha decidido mantener los tipos impositivos del 5 y 0 por ciento y los tipos del recargo de equivalencia del 0,625 y del 0 por ciento hasta el 30 de junio de 2023.
En resumen, la prórroga del tipo impositivo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable temporalmente a determinadas entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de alimentos, así como a efectos del recargo de equivalencia, se mantendrá hasta el 30 de junio de 2023.