Una parte de la ley catalana que regula el precio de los alquileres ha sido considerada como inconstitucional tras el recurso interpuesto por un grupo de diputados.
El Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por diputados del Grupo Parlamentario Popular contra varios artículos de la ley catalana de contención de rentas en los contratos de arrendamiento. El tribunal considera que esta norma invade competencias estatales.
Esta sentencia no tiene carácter retroactivo, por lo que se mantendrán las limitaciones de precio en los contratos de arrendamiento de vivienda firmados con anterioridad a la resolución.
El magistrado Ramón Sáez ha explicado que se han anulado los preceptos que invaden la competencia del Estado para establecer los criterios de ordenación general del sector de la contratación privada en comunidades autónomas con legislación propia.
El Sindicat de Llogateres cree que esta decisión recorta el derecho a la vivienda en beneficio de los intereses de los grupos de presión del sector inmobiliario. Según sus datos, esta ley había logrado bajar el precio de los alquileres una media del 5 % en las zonas reguladas, donde se concentra el 70 % de la población catalana.