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Fraccionamiento del pago del IRPF 2021

Sociedad Profesional - Asesoría, Auditoría y Gestión en Barcelona > Blog > Fiscal > Fraccionamiento del pago del IRPF 2021
Fraccionamiento del pago del IRPF 2021
27/05/2022

Fraccionamiento del pago del IRPF 2021

¿El resultado de tu declaración de la renta es a ingresar? Tienes dos opciones para realizar el fraccionamiento del pago del IRPF 2021.

Todavía son muchos los contribuyentes que no han presentado la declaración de la renta. Cuando el IRPF resulta a ingresar, muchas personas esperan hasta el último momento. Sin embargo, no es necesario abonar toda la cuota en un solo pago. La Agencia Tributaria ofrece dos alternativas para acogerse al fraccionamiento del pago del IRPF 2021.

Fraccionamiento del pago del IRPF 2021 en dos cuotas

La primera opción para el aplazamiento del pago del IRPF 2021 es la que se incluye en el propio modelo de declaración de la renta. Esta fórmula consiste en abonar el 60 % del total antes del 30 de junio de 2022. El 40 % restante se puede pagar hasta el día 7 de noviembre de 2022.

La principal ventaja de esta modalidad de aplazamiento es que Hacienda no cobra intereses de demora ni recargos. Tampoco es necesario aportar garantías de ningún tipo, independientemente del importe aplazado. 

Conviene recordar que únicamente es posible aplicar este fraccionamiento si se presenta la declaración del IRPF dentro del plazo legal, es decir, hasta el 30 de junio de 2022.

Aplazamiento del pago del IRPF en varias cuotas

Si se desea retrasar el pago del IRPF, se puede solicitar un aplazamiento como en la mayoría de impuestos. En este caso, cuando se presenta la declaración a través de Renta Web hay que marcar la casilla ‘No fraccionado’, seleccionar la opción ‘Otras modalidades de pago’ y pulsar en ‘Reconocimiento de deuda’ con solicitud de aplazamiento.

Cuando se solicita el aplazamiento en varias cuotas es necesario tener en cuenta lo siguiente:

  • Si el importe a pagar no supere los 30.000 euros, se puede solicitar el aplazamiento sin justificar un motivo ni aportar garantías.
  • Si el importe supera los 30.000 euros (por sí solo o junto con otras deudas tributarias aplazadas), es necesario demostrar que el contribuyente tiene dificultades financieras. Además, se deben aportar garantías de pago.
  • En ambos casos, la Agencia Tributaria cobra un interés de demora, que en 2022 se ha establecido en el 3,75 % anual.

Recuerda que el fraccionamiento en varias cuotas es incompatible con el aplazamiento en dos pagos del 60 % y 40 %.

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