El modelo 721 es un documento informativo que deben presentar quienes tengan criptomonedas en el extranjero. Si en 2023 has sido titular, autorizado o beneficiario de monedas virtuales en el extranjero, es posible que tengas que declararlo.
La Ley 11/2021, de medidas antifraude, establece las condiciones y el procedimiento para presentar el modelo 721. Con el objetivo de prevenir la evasión fiscal, esta normativa obliga a declarar las criptomonedas depositadas en intercambios o plataformas ubicadas fuera de España.
Su entrada en vigor se ha producido en 2024, por lo que las personas obligadas disponen de plazo hasta el 31 de marzo para presentar el modelo 721 con la información del ejercicio 2023.
¿Quiénes están obligados a declarar sus criptomonedas?
La obligación de declarar afecta a todas las personas físicas o jurídicas residentes en España que sean titulares de monedas virtuales en el extranjero. También deben presentar el modelo 721 quienes fueran beneficiarios o autorizados a 31 de diciembre de 2023.
El valor de las criptomonedas debe ser superior a 50.000 euros para que exista obligación de declarar. En los años sucesivos, la presentación solo será necesaria si el saldo de monedas virtuales ha aumentado en más de 20.000 euros.
Se entiende que las monedas virtuales están situadas en el extranjero cuando la persona o entidad que las custodia y gestiona no está obligada a presentar la información que se menciona en el apartado 6 de la disposición adicional decimotercera de la Ley 35/2006 del IRPF. En el Registro de Entidades del Banco de España se pueden consultar los proveedores de servicios de cambio de moneda virtual.
¿Quiénes están exentos de presentar el modelo 721?
En algunos casos no existe obligación de informar sobre las criptomonedas. En concreto, están exentos los titulares que cumplan una de las siguientes condiciones:
- Las entidades mencionadas en el artículo 9.1 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades.
- Las personas jurídicas y entidades residentes en territorio español que registren en su contabilidad de forma individualizada la denominación, valor, entidad de custodia y territorio donde se encuentran las criptomonedas.
- Las personas físicas residentes en territorio español que desarrollen una actividad económica y lleven su contabilidad de acuerdo con lo dispuesto en el Código de Comercio.
- Los saldos de moneda virtual en el extranjero que, a 31 de diciembre de cada año, no superen los 50.000 euros en conjunto.
El modelo 721 se debe presentar entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año. En 2024, las personas o entidades obligadas disponen hasta el 1 de abril, ya que el 31 de marzo es domingo.
¿Qué información debe aportarse en el modelo 721?
La información que se debe incluir en la declaración incluye:
- Nombre y apellidos, razón social o denominación completa.
- Número de identificación fiscal del país de residencia de la persona o entidad que proporciona servicios relacionados con las criptomonedas.
- Identificación completa de cada tipo de moneda virtual.
- Saldos de cada tipo de moneda virtual a 31 de diciembre y su valoración en euros.
Recuerda que no presentar el 721 si estás obligado a ello, conlleva una sanción de 300 euros. La multa por presentar la declaración de forma incorrecta es de 150 euros. Además, la Agencia Tributaria puede sancionar con 20 euros por cada registro no declarado o 10 euros si se hace erróneamente.