La ley de prevención del fraude fiscal, publicada en el BOE de 10 de julio de 2021, introduce importantes novedades en los procedimientos tributarios y en los principales impuestos, como el Impuesto de Sociedades y el IRPF.
En el ámbito del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades, las principales novedades de la ley de prevención del fraude son las siguientes:
Transparencia fiscal internacional (IRPF e IS)
En 2021 deja de ser aplicable para sociedades con actividad económica en el Espacio Económico Europeo (además de la UE). No obstante, los contribuyentes con establecimiento permanente en el extranjero también se ven afectados por este régimen.
Exit Tax (IRPF e IS)
Cuando una sociedad española se traslade a otro país de la UE, Noruega o Islandia, el impuesto de salida aplicable (Exit Tax) no podrá diferirse hasta la venta de los activos. No obstante, se establece un sistema de fraccionamiento de dicho impuesto en cinco anualidades.
Reducción por alquiler de vivienda (IRPF)
Para disfrutar de la reducción del 60% por la obtención de rendimientos del capital inmobiliario derivados del alquiler de vivienda, es imprescindible que dichos rendimientos hayan sido declarados en la autoliquidación de IRPF antes de que Hacienda haya iniciado una comprobación.
Pactos sucesorios (IRPF)
A partir del 11 de julio de 2021, si se produce la venta de un bien adquirido por el beneficiario de un pacto sucesorio antes de cinco años desde la celebración de dicho pacto o antes del fallecimiento del causante, la declaración de la ganancia patrimonial obtenida debe subrogarse en la posición del causante en cuanto a la fecha de adquisición y al valor de adquisición del bien.
Régimen de las SICAV (IS)
Los requisitos para disfrutar del régimen de Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV) se endurecen. A partir del 1 de enero de 2022, solo se computarán en el importe mínimo de 100 accionistas a quienes sean titulares de acciones por importe igual o superior a 2.500 euros.
Esta modificación va acompañada de un régimen transitorio de neutralidad fiscal que permitirá la disolución de las SICAV que no cumplan los nuevos requisitos.
Régimen de las SOCIMI (IS)
A partir de 2021, se incrementa la tributación de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI).
Limitación del uso de efectivo
La ley de prevención del fraude introduce nuevas limitaciones del uso de efectivo para determinadas operaciones económicas. El importe máximo que podrá pagarse en efectivo en las operaciones en las que alguna de las partes actúe en calidad de empresario o profesional se reduce a 1.000 €.
En el caso de que el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su residencia en España, el importe en efectivo podrá ser de 10.000 €.
Obligaciones de información sobre criptomonedas
A partir de ahora es obligatorio informar sobre los saldos de los titulares de monedas virtuales (identificando también a autorizados y beneficiarios) residentes en España o EP de residentes en el extranjero que proporcionen servicios en nombre de terceros, incluidos los proveedores de servicios de cambio si también prestan el servicio de tenencia.
Los residentes en España o EP de residentes en el extranjero que proporcionen servicios de cambio entre criptomonedas y dinero de curso legal (o entre diferentes criptomonedas) o que intermedien en esas operaciones están obligados a informar sobre las operaciones con monedas virtuales (adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos) en las que intervengan. Esta obligación se extiende a quienes realicen ofertas iniciales de nuevas monedas virtuales.
Los residentes sobre los saldos que mantienen en plataformas de empresas situadas en el extranjero deberán informarse en el modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero.
Impuesto de Sociedades
Las reglas para tributar según la normativa de la comunidad autónoma que les corresponda se extiende a extranjeros no residentes en la UE ni en el Espacio Económico Europeo.
Entrada en domicilios particulares
La competencia para autorizar la entrada en domicilios constitucionalmente protegidos que haya sido acordada por la Administración Tributaria en un procedimiento de aplicación de los tributos (incluso con carácter previo al inicio formal del mismo) corresponde a los juzgados de lo contencioso-administrativo.
Obligaciones de los desarrolladores tecnológicos
Los productores, comercializadores y usuarios de sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas deberán garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.
Se podrá exigir determinadas especificaciones técnicas, certificaciones y formatos estándar a dichos programas.
Puedes consultar el texto completo de la ley de prevención del fraude en el BOE correspondiente.