El modelo 232 es una declaración informativa sobre operaciones vinculadas y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales. Te explicamos quién está obligado a presentarlo.
Las empresas que hayan realizado operaciones vinculadas con territorios considerados paraísos fiscales a lo largo de 2021 deben verificar si están obligadas a presentar este documento. Disponen de plazo durante el mes de noviembre.
Hasta el 30 de noviembre, las compañías cuyo ejercicio coincide con el año natural deben presentar el modelo 232 correspondiente al ejercicio 2021. En caso de que el ejercicio social no se corresponda con el año natural, esta declaración informativa de operaciones vinculadas con paraísos fiscales se debe presentar durante el mes siguiente a los diez meses posteriores al cierre del ejercicio.
Información que debe incluir el modelo 232
Las operaciones vinculadas que se deben comunicar en el modelo 232 son las siguientes:
- Operaciones realizadas con una misma entidad y que en conjunto superen los 250.000 euros.
Situaciones específicas con un importe conjunto que supere los 100.000 euros por cada tipología como, por ejemplo, venta de inmuebles, transmisión de participaciones, operaciones con intangibles, etc. - Operaciones del mismo tipo y sujetas al mismo método de valoración, independientemente de su importe, si superan en conjunto el 50% de la cifra de negocio.
- Otras operaciones que se deben notificar, sin importar su cuantía, son las efectuadas con paraísos fiscales y las cesiones de intangibles a entidades vinculadas que gocen de la reducción del 60% en el Impuesto sobre Sociedades.
En la página web de la Agencia Tributaria se puede consultar información detallada y presentar telemáticamente el modelo 232.